Estatuto del Artista
Javier Campillo: “Trabajador de la Cultura, Creador y Artista deben ser sujetos de derechos y deberes con un régimen jurídico adecuado”
Derechos laborales, fiscalidad, pensiones, jubilaciones o sindicación de los artistas, así como su salud laboral, serán algunos de los asuntos que abordará la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista.
Reproducimos la intervención ante la Subcomisión de Javier Campillo, presidente de la Plataforma en Defensa de la Cultura (PDC) y miembro del Consejo de Administración de la Sociedad de Artistas AIE:
Comparecencia de Javier Campillo Reino, presidente de la Plataforma en Defensa de la Cultura (PDC) y miembro del Consejo de Administración de la Sociedad de Artistas AIE, ante la Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista, constituida en el seno de la Comisión de Cultura del Congreso
“En primer lugar me gustaría felicitarles y resaltar el hecho histórico que supone esta Subcomisión. Probablemente, si somos capaces de estructurar los mimbres para elaborar una Ley Orgánica sensible a la precariedad del sector de la Cultura y con la flexibilidad suficiente como para ir horneándola en sucesivas legislaturas, nuestro trabajo estará bien hecho, convirtiéndose en un referente importante para Europa y el resto del mundo.
No obstante, no deja de ser una paradoja que en la legislatura en la que se puede lograr semejante éxito, no se haya conseguido bajar el IVA Cultural ni crear un Ministerio de Cultura, al margen del de Educación y Deporte.
Del trabajo de esta Subcomisión del Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura, la Plataforma en Defensa de la Cultura, a partir de ahora PDC, espera que se pueda resolver la situación de necesidad por la que en estos momentos muchos Autores y Artistas tienen que pasar al llegar a la vejez. Tras una vida de trabajo, sus carreras profesionales son insuficientes para acceder a una pensión contributiva. Durante la vida profesional, los Artistas y Creadores tienen una gran dificultad para acceder a las prestaciones por maternidad y riesgo en el embarazo, y sus familias pierden con ellos el derecho a la protección farmacéutica o a la hospitalización no urgente cuando se encuentran de baja. No existen referencias que expliciten las enfermedades profesionales del sector, ni políticas que implementen el tránsito profesional para sectores de corta duración como la danza.
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Para la PDC, es una prioridad la compatibilidad absoluta de las pensiones con los derechos de propiedad intelectual, tal y como ocurre en la mayoría de los países de la Comunidad Europea, y la devolución, con efecto retroactivo, de los importes de las sanciones impuestas injustamente a compañeros escritores y músicos.
La Plataforma en Defensa de la Cultura y las diversas asociaciones profesionales y sindicatos que la componen, entre las que se encuentran el Circo o los compañeros de las Artes escénicas multidisciplinares, hemos solicitado comparecer en esta Subcomisión con el objetivo de dar consistencia jurídica a las demandas de los sectores que la componen y, para ello, hemos solicitado diversos informes jurídicos que se aportarán a está Subcomisión.
El esquema o índice del Proyecto del Estatuto del Artista, Creador y Trabajador de la Cultura, está compuesto por diversos títulos que atienden a los diferentes aspectos de la vida profesional de los artistas y los creadores, a los que los músicos hemos denominado cajas y nuestros abogados, capítulos.
Después de numerosas reuniones, la PDC plantea el siguiente esquema del Proyecto del Estatuto:
1. PREÁMBULO: Un texto conceptualizando la necesidad del Estatuto.
Entre los derechos de los Estados se menciona el de adoptar las medidas pertinentes para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus territorios, que pueden consistir, entre otras, en apoyar a los artistas y a todos los que participen en la creación de expresiones culturales.
2. CONCEPTOS GENERALES: Objeto y objetivos del Estatuto.
Es por todo esto que sería oportuno, en primer lugar, escuchar a los profesionales para definir y analizar la problemática existente y que pueden ser susceptibles de solución o mejora a través de la creación de un marco jurídico específico que tenga en cuenta las peculiaridades de este sector de actividad y, en segundo lugar, intentar formular algunas propuestas de mejora de la situación actual. Se debería optar por analizar la distribución de competencias para regular cada uno de los aspectos (competencia comunitaria / estatal / autonómica), dado que entendemos que todas las problemáticas planteadas requieren la atención de diferentes departamentos: Cultura, Trabajo, Hacienda, Seguridad Social, con independencia del procedimiento que corresponda aplicar para dar forma a una u otra solución.
3. DEFINICIONES: Finalmente, tenemos que entender al Artista, al Creador y al Trabajador de la Cultura como sujetos de derechos y deberes mediante un régimen jurídico adecuado a las peculiaridades de sus actividades.
· ARTISTA: Existe una recomendación relativa al Estatuto del Artista, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 27 de octubre de 1980 en Belgrado. Existen también definiciones también de la RAE, AISGE y AIE.
· CREADOR: Entidades de Gestión de Derechos de Autor- DAMA, SGAE.
· TRABAJADOR DE LA CULTURA: Por definir.
4. DEL REGIMEN LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL: Teniendo en cuenta el Estatuto de los Trabajadores y como referencia el Real Decreto 1435/1985, introduciríamos, de una forma evidente, el término de asimilación al alta, opción ya existente en nuestra legislación y de la que ya disfrutan otros regímenes especiales como el de trabajadores del campo o pescadores. El informe tiene una comparecencia en esta Subcomisión en la persona de la Sra. Doña Sara Carmen Mora García, abogada especialista en laboral, que explicará las posibilidades de reforma sobre las normativas de los:
· TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.
· TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
· ENFERMEDADES RPFESIONALES.
5. DE LA REPRESENTATIVIDAD SINDICAL: Para garantizar el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector, tenemos en cuenta a los sindicatos mayoritarios en la persona del Sr. Don José María García González (Secretario general de la federación estatal de UGT de medios de comunicación y Cultura) y, del Sr. Don Alejandro Casanovas Hernández (presidente de la confederación de artistas trabajadores del espectáculo) que explicarán las posibles reformas sindicales que afectan a los:
· TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.
· TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
6. DEL RÉGIMEN FISCAL DE LOS ARTISTAS: Tanto la compatibilidad de las pensiones con los derechos de propiedad intelectual, como la intermitencia, estarán defendidas en la ponencia del Sr. Don Javier Andrade Cabello, abogado especialista en fiscalidad y en propiedad intelectual, y que abordará las posibles reformas para los:
· TRABAJADORES POR CUENTA AJENA.
· TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
· TRABAJADORES JUBILADOS.
7. DE LA ENSEÑANZA DE LAS ARTES: La necesidad de la homologación de títulos universitarios y la de una FP que resuelva las enseñanzas artísticas, tienen su comparecencia en la persona del Sr. Don José Fernández García, director de orquesta y miembro del Consejo Asesor de Música de la Comunidad de Madrid.
8. DE LA CUALIFICACIÓN Y TRANSICIÓN PROFESIONAL: Algunos sectores artísticos son de una corta vida profesional. La posibilidad de que exista una transición de acuerdo con las peculiaridades de los diferentes sectores que alarguen la vida profesional de los artistas, adaptándolos a nuevas formas de expresión y trabajo, estará a cargo del Sr. Don Cesar Casares Parra (experto para la comisión Europea en el programa ESCO. Clasificación Europea de Cualificaciones, Competencias y Ocupaciones).
9. DE LA LIBRE COMPETENCIA: Las asociaciones Profesionales no pueden publicar tarifas orientativas que cohesionen los sectores y a sus afiliados. Los diferentes sindicatos de guionistas, ALMA y FAGA, han sido sancionados por hacerlo. Para informar, tanto de las soluciones como de los aspectos jurídicos del guion cinematográfico, comparecerá el Sr Don Ramón Rey García, abogado de FAGA.
Otras comparecencias:
Música:
MIGUEL PÉREZ SOLÍS
· Abogado especialista en Propiedad Intelectual. Por cierto, que no es un impuesto, sino
un derecho.
· Asesor jurídico de FILAE y AIE.
Danza:
EMMANUEL BERRUEZO CHAVES (Manuel Segovia)
· Coreógrafo, bailarín y director de la Cía. Ibérica de Danza.
· Premio Nacional de Danza a la Creación- 2001.
· Vicepresidente de la Asociación de Empresas de Danza en la Comunidad de Madrid, EMPRENDO DANZA.
· Miembro del Consejo Internacional de la Danza CID-UNESCO.
Guionistas:
ANA HORMAETXEA IBARBENGOETXEA
· Presidenta de FAGA.
RODOLFO GINER CASADO
· Vicepresidente de FAGA.
Artistas plásticos:
ISIDRO GÓMEZ APARICIO
· Doctor en Bellas Artes.
· Profesor titular en la Universidad de Granada.
· Miembro del Instituto de Investigación de la Paz y los Conflictos.
· Presidente de Unión de Asociaciones de Artistas Visuales (UAAV).
Y para terminar, resaltar la necesidad como ciudadanos, de que los artistas disfruten de un régimen jurídico y de una consideración adecuada que les permita desarrollar su creatividad en beneficio de toda la sociedad, en la medida en que es un derecho de todos, acceder a la cultura y al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas.
Enlazando con este derecho, así como con el deber de todas las personas de respetar y preservar el patrimonio cultural, hay que hacer mención al Convenio de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, del 20 de octubre de 2005. En el Preámbulo de dicho Convenio se establece, expresamente, la necesidad de incorporar la cultura como elemento estratégico en las políticas de desarrollo nacional, y se reconoce la importancia de ésta como elemento de cohesión y libertad social, así como el papel esencial que la creatividad cultural juega en el progreso de la sociedad en general”.
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Puedes consultar o descargar AQUÍ la intervención de Javier Campillo en PDF.
Puedes consultar AQUÍ más información sobre la Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista.